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El Gobierno prohibirá el ingreso al país a extranjeros que “expresen mensajes de odio” contra argentinos

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El Gobierno modificó por decreto la Ley de Migraciones para impedir el ingreso al país de extranjeros que hayan dirigido mensajes de odio o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos por su nacionalidad. La medida también alcanza a quienes hayan realizado, participado o instigado actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales.

El cambio fue dispuesto mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, y permitirá además cancelar la residencia de los extranjeros que incurran en esas conductas, con la posibilidad de ordenarles abandonar el país o disponer su expulsión. En la normativa, el Ejecutivo aclaró que no podrán incluirse dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas amparadas por la Constitución.

En los considerandos del decreto, el Gobierno sostuvo que aumentaron considerablemente” los mensajes de odio y los actos de hostilidad y menosprecio dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional. Según argumentó, esas manifestaciones representan un riesgo para los ciudadanos y quebrantan “el respeto básico” que deben mantener los extranjeros que pretendan ingresar o permanecer en el territorio nacional.

El texto de la normativa también señaló que ese tipo de conductas desnaturaliza el sentido de la política migratoria argentina y afecta las condiciones de “convivencia armónica y paz social”. También se sostiene que las acciones de odio o la propagación de la violencia pueden producir un impacto concreto sobre la integridad, la salud y los derechos de las personas.

Con ese fundamento, el DNU incorporó una nueva causal de impedimento de ingreso y permanencia en el artículo 29 de la Ley de Migraciones. Esta comprende los mensajes de odio formulados de manera oral o escrita, la incitación a la violencia motivada por la nacionalidad argentina y la participación o instigación de actos de ultraje contra símbolos patrios.

Una disposición similar fue añadida al artículo 62 de la ley, que regula las causas por las cuales la Dirección Nacional de Migraciones puede cancelar una residencia otorgada. En esos casos, la decisión podrá conllevar la intimación a abandonar el país dentro de un plazo determinado o directamente la expulsión, para lo cual deberán considerarse las circunstancias personales y los hechos atribuidos al extranjero.

Para justificar la medida, el Ejecutivo citó un fallo de la Corte Suprema en el que se establece que toda nación soberana posee la facultad de prohibir el ingreso de extranjeros o admitirlos “bajo las condiciones que ella juzgue libremente prescribir”.

El decreto entrará en vigencia a partir de este viernes 31 de julio, un día después de su publicación en el Boletín Oficial, y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso. Ese cuerpo deberá pronunciarse sobre su validez o invalidez y elevar su dictamen al pleno de ambas cámaras para su tratamiento expreso dentro de un plazo de diez días hábiles.

La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de gabinete Diego Santilli y los ministros Pablo Quirno, el teniente general Carlos Alberto Presti, Luis Caputo, Juan Bautista Mahiques, Alejandra Monteoliva, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.

Minutos después de la publicación del DNU en el Boletín Oficial, la Oficina del Presidente difundió en su cuenta de X un comunicado, únicamente firmado por el Presidente, en el que ratificó la decisión. Allí, el Gobierno presentó la medida como una respuesta a las “recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos”.

“La defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable”, sostuvo el texto oficial. Y concluyó: “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.

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