Buenos Aires, 16 agosto (NA) — Luego de que la Justicia ordenara suspender el protocolo del Municipio de San Isidro que imponía restricciones para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, una referente alertó que dichas formas podían construir una “tortura psicológica”, al tiempo que sostuvo que, en las denuncias, se mencionó la “entrega de escarpines”.
En diálogo con la Agencia Noticias Argentinas, la integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y referente de la regional Conurbano Norte, Agostina Felice, se refirió al conflicto luego de que el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N.º 2 de San Isidro hiciera lugar a la mayoría de los puntos de la medida cautelar solicitada por Amnistía Internacional.
Felice explicó que, tras la promulgación de la Ley 27.610 en 2021, “como toda ley, luego de promulgada y reglamentada requiere presupuesto para su adecuada implementación” y añadió: “La salud pública lo requiere en general y el acceso al derecho a la interrupción voluntaria o legal del embarazo es una cuestión de salud pública”.
En ese sentido, apuntó contra las medidas del Gobierno: “Se desentendió abiertamente del tema, incumple la ley nacional, esta y tantísimas otras. Es su decisión política: recortar en salud y por tanto en la calidad de vida de las personas”.
Sobre la situación particular del centro de salud de zona norte, sostuvo: “El municipio de San Isidro, con este protocolo al que el poder judicial le pone un freno, también pretende incumplir la ley. Es una decisión política pero, contraria a derecho y a los tratados internacionales de derechos humanos”.
“Como en el municipio no hay hospitales provinciales (que sí cumplen con la ley), las y les sanisidrenses que desean abortar quedan cautivos de la posición ilegal de la intendencia”, agregó.
La Justicia ordenó que el Municipio garantice el acceso al aborto dentro de los plazos legales y resguarde la intimidad de quienes soliciten la práctica, conforme a la Ley 27.610, el protocolo nacional y la guía de la Provincia de Buenos Aires.
Sobre la posibilidad de que San Isidro vuelva a incumplir pese al fallo, Felice consideró: “No deberían. Esto es una medida cautelar, si bien no resuelve el fondo de la cuestión sí obliga en lo inmediato”.
“Es una excelente oportunidad para que el municipio deje de lado sus posiciones partidarias o religiosas y cumpla con las necesidades y derechos de la comunidad en cumplimiento de la legislación vigente. Es una práctica médica, en la mayoría de los casos ambulatoria, por tanto, no requiere internación”, remarcó.
La resolución de la jueza María Paula Vénere señaló que la interrupción del embarazo es una prestación especialmente sensible al paso del tiempo y que las demoras burocráticas pueden impedir el ejercicio efectivo del derecho. Además, consideró acreditado que el protocolo incorporaba exigencias no previstas por la enmienda, como intervenciones psicológicas, restricciones adicionales para el acceso por la causal salud y circuitos administrativos que podían generar obstáculos o demoras.
Al respecto, la referente sostuvo: “Ningún municipio puede ir más allá de una ley (legislar) y negar los derechos. Si se dicta un protocolo, se puede ampliar pero, nunca ir por menos. Esos escollos disfrazados de requisitos, no solo pueden hacer cambiar la decisión de la persona, sino que es justamente su finalidad: dilatar la atención”.
“Esa dilación de tiempo acompañada de, como ya sabemos por los relatos de las usuarias del sistema de salud que sucede, entrega de escarpines, información falaz sobre los ‘peligros de abortar’, que implican una tortura psicológica; pretenden persuadir y que la usuaria no aborte”, afirmó.
En esa línea, agregó: “Ningún profesional de la salud (menos personas ajenas al sistema de salud e insertas en los hospitales con el fin de negar derechos) puede decidir. Deben informar de manera amplia y científica. Las decisiones son de las personas, las mujeres deciden si maternar o abortar. No médicos, voluntarios, o el gobierno municipal. Las personas gestantes sí, y lo seguirán haciendo. Hoy con un amparo judicial favorable que les protege”, completó.
La magistrada competente también analizó las barreras desde una perspectiva de género y derechos humanos y sostuvo que la organización del sistema de salud puede comprometer la responsabilidad estatal y configurar una forma de violencia institucional u obstétrica cuando retarda, fragmenta, descoordina u obstaculiza el acceso efectivo a prestaciones de salud sexual y reproductiva.
“Es una oportunidad para los gobiernos locales de hacer algo distinto para su gente. Hasta de respetar cierta tradición nacional, bien argentina, de tener un sistema de salud público ejemplar, robusto, fortalecido. Claro que sin los recursos económicos nacionales es muy dificultoso, y con querés hacerlo no alcanza, se necesitan recursos económicos para ejecutar obras, tener insumos, mejorar el sistema de salud, integrarlo”, cerró Felice.
La demanda había sido presentada por Amnistía Internacional en junio, luego de recopilar testimonios de mujeres, personas gestantes y profesionales de la salud durante 2024, 2025 y 2026 sobre obstáculos para acceder a la práctica, afectaciones a la confidencialidad y presiones sobre los equipos sanitarios.
Agencia NA


