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Noticias del Uscis hoy: el fallo que beneficia a países latinos que podrían tener de vuelta la visa de inmigrante

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Una jueza federal en Nueva York anuló una política aplicada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Estado de la administración Trump que suspendía la emisión de visas de inmigrante a nacionales de 75 países, entre ellos Cuba, Nicaragua y Colombia. La magistrada declaró la normativa ilegal y nula.

El fallo que beneficia a algunos países latinomericanos

Según el escrito legal, la jueza federal Jeannette A. Vargas concluyó que la política violaba múltiples leyes y reglamentos de EE.UU.

Entre ellos, se encuentra el exceso de autoridad por parte del Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) y la discriminación por nacionalidad.

La jueza federal sostiene que la normativa viola la prohibición de discriminación por nacionalidad

“El artículo 1152(a)(1)(A) establece que, con excepciones limitadas, ninguna persona recibirá preferencia ni será discriminada en la expedición de una visa de inmigrante por motivos de raza, sexo, nacionalidad, lugar de nacimiento o lugar de residencia”, cita el escrito.

“Con ese contexto, la política exige que los funcionarios consulares rechacen visas de forma discriminatoria basándose en la nacionalidad del solicitante”, agregó.

La magistrada sostiene que el secretario de Estado, Marco Rubio, se “extralimitó en su autoridad” con la suspensión de visas de inmigración a 75 países

Vargas también determinó que el secretario de Estado, Marco Rubio, se “extralimitó en su autoridad” al imponer una denegación masiva y que el DOS incumplió su obligación legal de seguir sus propios criterios reglamentarios.

Estos procedimientos exigen una evaluación individual basada en el análisis de múltiples factores personales (como edad, salud, estatus familiar, activos y educación) antes de determinar si un solicitante califica como carga pública.

Qué implica el nuevo fallo para los migrantes en EE.UU.

Tras analizar los distintos fundamentos, el tribunal dictó la anulación total de la política de suspensión de visas basada en la nacionalidad a los 75 países afectados.

Como consecuencia, quedan revocados y sin efecto todos los rechazos de visas de inmigrante que los oficiales consulares dictaron basados en dicha política de suspensión.

El fallo revocó todos los rechazos de visas de inmigrante que los oficiales consulares dictaron basados en dicha política de suspensión

De igual modo, los oficiales consulares están obligados a retomar estos casos y realizar una evaluación individualizada, de acuerdo con los méritos ordinarios del solicitante.

“La sentencia anula y deja sin efecto cualquier denegación de visa de inmigrante basada en dicha política. Antes del 11 de septiembre de 2026, las partes deberán presentar una carta conjunta al Tribunal en la que expongan sus propuestas sobre cómo proceder con respecto a las reclamaciones restantes en el caso”, señaló.

Cuáles eran los países afectados por la suspensión de los visados

La suspensión de visados de inmigrante decretada en enero de 2026 afectaba a 75 países. Según el DOS, entre las regiones afectadas se encontraban:

  • Bahamas
  • Barbados
  • Brasil
  • Colombia
  • Costa de Marfil
  • Cuba
  • Haití
  • Irán
  • Irak
  • Nicaragua
  • Uruguay
  • Uzbekistán
  • Yemen

Las denegaciones que se apoyaron en otros fundamentos legales, como por ejemplo la prohibición de viaje anunciada en enero de 2025 a ciudadanos venezolanos o cubanos, no se ven impactadas por este fallo judicial.

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