La Corte Suprema apuesta a dictar cuanto antes un nuevo fallo sobre la ley de tierras; para eso, abrevió los plazos legales en el caso que ahora tiene a estudio y, en 24 horas, podría quedar en condiciones de dar a conocer una decisión.
El expediente que tiene para resolver el máximo tribunal incluye un pedido de medida cautelar; si la concede, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros.
En la práctica, revertiría los efectos que tuvo su propio fallo del martes de la semana pasada. Ese día, invocando un motivo procesal, revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023, de Javier Milei, que derogó esa ley.
El fallo de la Corte Suprema motivó duras críticas y una amenaza de la oposición con hacer caer en el Congreso todo el DNU 70/2023 -y no solo el artículo contra la ley de tierras-. La oposición pretende tratar el tema en una sesión especial el jueves de la semana próxima.
En medio de los cuestionamientos, la Corte decidió volver sobre el tema. Resolvió que va a tratar un planteo vinculado con su fallo anterior: una “aclaratoria” solicitada por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que defienden la ley de tierras y quieren que les precisen si el fallo del máximo tribunal alcanza también al amparo colectivo presentado por ellos o no.
A diferencia de la semana pasada, los tres jueces de la Corte ahora no están de acuerdo en cómo seguir con este tema y, como sin tres votos no hay fallo posible, ayer convocaron a dos conjueces. Todo indica que Carlos Rosenkrantz no está dispuesto a tomar una decisión que vuelva a cambiar el panorama. En la vereda de enfrente estarían Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti.
Los conjueces que se sumarán para este caso son los camaristas Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza). Fueron sorteados ayer y las reglas del proceso indican que las partes tienen 72 horas para recusarlos. Sin embargo, la Corte acortó hoy ese plazo.
A las 19:09 de este miércoles, Sergio Miguel Nápoli, secretario de la Corte, firmó una resolución que anuncia que “por disposición del Tribunal, se notifica a las partes que han sido designados conjueces en la presente causa los Dres. Barroetaveña y Pérez Curci, que han aceptado el cargo” y que “en atención a las particulares circunstancias de la causa” (particularidades que no detalla), “corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. La resolución agrega: “A ese solo efecto, habilítanse días y horas inhábiles”.
Si decide que este amparo colectivo debe recibir un tratamiento por separado del caso de la semana pasada, la Corte, con sus tres titulares y sus dos conjueces, debe determinar qué trámite le da al expediente. Una opción es devolverlo a la justicia federal de La Plata o de Bariloche, donde se inició. Difícilmente sea eso lo que discute, considerando el apuro que expresó.
La otra opción sería que la propia Corte tratara ella -sin enviar el caso a primera instancia- la medida cautelar. Sería una medida excepcional, dictable solo si considera que se cumplen los requisitos y que la urgencia es tal que no hay otra alternativa.
Los conjueces
Barroetaveña y Pérez Curci son penalistas, cuentan con una larga carrera judicial y no es la primera vez que son nombrados conjueces. Tienen algo más en común: los dos integraban tribunales de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hasta que renunciaron, en diciembre del año pasado. Barroetaveña presidía el Tribunal de Ética de la asociación que encabeza Claudio Tapia; Pérez Curci formaba parte de la Cámara Nacional de Resolución de Disputas de la AFA. Renunciaron después de que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) le pidió a la Corte que dispusiera el cese de las funciones de todos los jueces en los tribunales de la AFA.
El nuevo planteo
El nuevo planteo lo hicieron ante la Corte la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora Odarda, que presidió el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas durante el gobierno de Alberto Fernández. Ellos habían presentado una acción colectiva para que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 del decreto 70/2023 de Javier Milei, que derogó por completo la ley de tierras. Este planteo fue tratado por la Cámara Federal de La Plata como un caso conexo al del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que solicitaba lo mismo. En el caso de los excombatientes, la Cámara Federal de La Plata les dio la razón, pero la Corte revocó ese fallo con el argumento de que el Cecim, que había invocado que estaba en juego la soberanía, no tenía legitimación activa para promover el caso.
La aclaratoria de Árbol de Pie y los demás promotores de este caso fue presentada el jueves pasado. Solicita “que se precise” si el fallo de la Corte de la semana pasada “produce algún efecto” sobre su expediente y, “en su caso, cuál es su alcance, teniendo especialmente en consideración que los actores de autos [los miembros de Árbol de Pié, Odarda y las comunidades indígenas] han invocado títulos de legitimación propios y diferentes de aquel examinado en Cecim, que no han sido objeto de pronunciamiento”.
Sostienen que su planteo no debe seguir la suerte del de los excombatientes porque ellos alegan una legitimación diferente. Remarcan que lo que ellos invocan no tiene que ver con la defensa de la soberanía nacional, sino que son “derechos de incidencia colectiva vinculados con la protección del ambiente y derechos propios de los pueblos y comunidades indígenas, particularmente relacionados con sus territorios ancestrales y con la incidencia que sobre ellos podría producir la eliminación del régimen de protección establecido por la Ley 26.737 [la ley de tierras]″.
Lo que ya “aclaró”
Tras las críticas que generó el fallo del martes pasado y la reacción de la oposición (que amenaza con hacer caer en el Congreso todo el decreto 70/2023), la Corte hizo circular un comunicado “aclaratorio” en el que sostuvo que ella solo había resuelto un aspecto procesal, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a todos los precedentes del tribunal. Afirmó que la sentencia no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales” (la de Árbol de Pie es una de ellas) y que “tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”. Además, criticó a quienes, para “presionar sobre el tema” de la ley de tierras, promovieron “discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.
Si bien circuló como un comunicado de la Corte Suprema, no lo hizo por los canales oficiales del tribunal y en la vocalía de Rosenkrantz informaron a LA NACION que este juez no había participado ni consentido la redacción ni la difusión de ese documento. Y el jueves, en un encuentro de jueces de tribunales orales, Rosenkrantz reclamó “tener temple para soportar las críticas”.



