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La ley de Utah para bicicletas y motos eléctricas que rige a partir de mayo 2026: multas de hasta US$350

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Una nueva legislación en Utah, programada para implementarse en mayo de 2026, establece normativas más estrictas para regular el uso de bicicletas y motocicletas eléctricas. A partir de su entrada en vigor, algunos conductores deberán obtener licencia y seguro para sus vehículos, mientras que otros tendrán que completar cursos de capacitación.

Desde mayo de 2026: la ley que endurece las reglas para bicicletas y motos eléctricas en Utah

En Utah, la HB 0381 impone nuevas normas para mejorar la seguridad pública.

En primer lugar, la legislación mantiene y aclara definiciones vinculadas a estos vehículos como: Clase 1 (asistencia al pedalear hasta 20 millas por hora, 32 kilómetros por hora), Clase 2 (propulsión exclusiva por motor hasta 20 mph, 32 km/h) y Clase 3 (asistencia al pedalear hasta 28 mph y con velocímetro, 45 km/h).

La ley introducirá un marco regulatorio más estricto para el uso de bicicletas y motos eléctricas

Junto con esta clasificación, define la “bicicleta asistida eléctricamente programable” como aquella que el usuario puede configurar para funcionar como Clase 1, 2 o 3.

Las normas cruciales que establece la nueva ley de Utah

Además de las definiciones, la disposición legal, que ya fue aprobada y entrará en vigor a partir de mayo, establece:

  • Definiciones y clasificaciones: se introduce el término “dispositivo eléctrico de alta potencia” para vehículos capaces de superar las 20 mph (32 km/h) solo con motor, lo que incluye a las motos eléctricas. Estos vehículos estarán sujetos a las mismas leyes que las motocicletas convencionales, por lo que será necesario contar con licencia y seguro vigentes.
  • Restricciones por edad y supervisión: los menores de ocho años no podrán operar una e-bike con el motor encendido en propiedad pública o carreteras; menores de 14 años solo podrán usarla bajo la supervisión directa de un padre o tutor; menores de 16 años tendrán prohibido operar vehículos de Clase 3 o programables en este modo en carreteras.
  • Educación y certificación de seguridad: se creará un programa de educación y capacitación sobre seguridad de vehículos eléctricos personales. Los menores de 18 años deberán obtener un certificado de seguridad para operar una e-bike, scooter o dispositivo eléctrico de alta potencia en una carretera. Los mayores necesitarán este documento o una licencia de Clase D para conducir específicamente una bicicleta de Clase 3.
  • Normas de seguridad y equipo: será obligatorio que cualquier persona menor de 21 años use casco protector (que cumpla con estándares federales) al manejar motocicletas, bicicletas de Clase 3 o autociclos no cerrados en una carretera.

La nueva ley que aborda las bicicletas y motos eléctricas creará un curso de seguridad para los conductores

Si bien la mayor parte de la ley entrará en vigor el 6 de mayo de 2026, las disposiciones relativas al certificado de seguridad, las nuevas reglas de licencia de conducir y ciertas restricciones de las e-bikes comenzarán a aplicarse el 1° de enero de 2027.

Sanciones por no respetar la ley de Utah que aborda las bicicletas y motos eléctricas

La ley HB0381 establece diversas sanciones que varían según la gravedad de la infracción, desde multas económicas específicas hasta clasificaciones penales como delitos menores:

  • Modificación o alteración de equipo: si una persona manipula una bicicleta eléctrica para cambiar su potencia o velocidad, la multa es de 100 dólares por la primera condena y US$250 por la reincidencia.
  • Programa de seguridad para vehículos eléctricos personales: cualquier violación relacionada con los certificados obligatorios se considera una infracción con una multa que no puede exceder los US$150 por cada falta.
  • Falta de endoso para motocicletas: operar este vehículo sin la licencia o el endoso correspondiente conlleva una multa mínima de US$350.

La ley de Utah establece distintas sanciones y multas para quienes violen las nuevas normas sobre las bicicletas y motos eléctricas

A su vez, beber alcohol o llevar contenedores abiertos mientras se opera una bicicleta eléctrica, un carrito de golf o un scooter motorizado se clasifica como un delito menor de clase C.

La ley también determina que si un conductor de un vehículo motorizado realiza maniobras que ponen en peligro a un “usuario vulnerable” (como ciclistas o peatones) y esto resulta en lesiones corporales, se eleva a un delito menor de clase C. Si no hay daños, se considera una infracción.

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