California establece el 1 de julio de 2026 como fecha límite para que las apps de remesas, exchanges y wallets de criptomonedas que operen con residentes del estado obtengan una licencia del Departamento de Protección e Innovación Financiera (DFPI, por sus siglas en inglés). La normativa, conocida como DFAL, fue promulgada por el gobernador Gavin Newsom en octubre de 2023 y representa el primer marco regulatorio integral para activos digitales en el estado más poblado del país. Las plataformas que no presenten una solicitud completa ante el DFPI antes de esa fecha deberán suspender sus operaciones con usuarios de California.
¿Qué dice la ley?
- La DFAL, compuesta por los proyectos AB 39 y SB 401, exige licencia estatal a cualquier entidad que intercambie, almacene o transfiera activos digitales en nombre de residentes de California.
- Alcanza a exchanges, custodios, proveedores de wallets, operadores de quioscos de cripto y otras plataformas intermediarias, según información publicada por el DFPI.
- La fecha límite original era el 1 de julio de 2025, pero la ley AB 1934, firmada en septiembre de 2024, extendió el plazo un año.

Qué ocurre si la app no cumple
- Las plataformas sin licencia ni solicitud en trámite deberán cesar servicios con usuarios de California a partir del 1 de julio.
- En ese escenario, los usuarios podrían verse obligados a transferir sus fondos a otra aplicación para continuar operando.
- El DFPI abrió el portal de solicitudes el 9 de marzo de 2026 a través del sistema NMLS, dejando aproximadamente cuatro meses para presentar la documentación.
Por qué importa en California
- California concentra una alta proporción de usuarios de apps de remesas con destino a México, Venezuela y el Caribe, lo que hace especialmente relevante conocer el estado de licenciamiento de cada plataforma.
- En diciembre, el comisionado del DFPI, KC Mohseni, señaló en Coin Insider que el organismo estaba bien posicionado para proteger a los consumidores de California independientemente de lo que ocurra en Washington, dejando en claro que el estado actuará con independencia del marco federal.

Para tener en cuenta
La ley aplica a cualquier empresa (no solo de cripto) que intercambie, almacene o transfiera activos digitales a nombre de residentes de California.
Esto incluye apps populares de envío de dinero que operan con criptomonedas o stablecoins.
Para saber si la plataforma que se usa está en regla, el DFPI mantiene información actualizada en su sitio oficial: dfpi.ca.gov. También se puede contactar al organismo en [email protected].
Si la app no tiene licencia ni solicitud en trámite al 1 de julio, lo recomendable es transferir los fondos antes de esa fecha a una plataforma habilitada, según especialistas. No hay período de gracia anunciado más allá del plazo.
Los quioscos de criptomonedas (Bitcoin ATMs) tienen regulaciones adicionales: desde enero de 2025 no pueden cobrar más de US$5 o el 15% del valor de la transacción (lo que sea mayor) por operación.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.


