Carta de la semana
Recuperar los valores
¿Otra vez los argentinos debemos transitar el lodoso camino de las dudas sobre todo? La posibilidad de desilusionarnos otra vez está latente, y esta sería realmente espantosa, ya que la posibilidad de salir está a la vista como nunca. ¿Qué pasa con los funcionarios que traicionan tan tontamente sus promesas y juramentos? ¿Es que estamos condenados a que nos muestren el camino y después nos defrauden? Nos defrauda quien hace lo contrario a lo que predica con fervor, quien no explica claramente los hechos sospechados, quien no los expulsa como prometió hacerlo si se daba el caso, quienes demoran la aplicación de la justicia ante pruebas irrefutables. Necesitamos con urgencia que se rectifiquen los errores y se reconstruya la posibilidad de que nosotros y el mundo creamos en que es posible ir transitando el camino hacia la credibilidad perdida. Todo está dado para hacerlo, hay funcionarios valiosos y votantes dispuestos a no volver al pasado ignominioso, no desaprovechemos la oportunidad. Las lastimosas circunstancias internacionales, si bien por un lado nos perjudican, presentan un abanico de posibilidades que nos hacen atractivos. Este gobierno ha logrado indiscutibles logros que hoy está arriesgando penosamente. No hablo de las formas, seguramente discutibles, sino del fondo. Recuperemos los valores hoy bastardeados que reclama la mayoría de la sociedad, tal como nos prometieron hacerlo y los votamos. Están a tiempo, no nos desilusionen.
Guillermo H.M. Giambastiani
DNI 4.359.734
Incongruencia
Quiero expresar una profunda preocupación técnica y civil respecto de la recientemente sancionada ley de Responsabilidad Penal Juvenil. Si bien la reducción de la edad de imputabilidad a los 14 años se presenta como un avance en la política de seguridad, el artículo 19 contiene una disposición que, de no ser corregida, desvirtuará el sistema de justicia penal en su totalidad. La norma establece un tope máximo de 15 años de prisión, aplicable de forma indistinta a la gravedad del delito o a la concurrencia de múltiples hechos criminales (concurso real). Esta “tarifa plana” punitiva genera una distorsión alarmante: para el sistema, resulta equivalente cometer un homicidio que una serie de delitos conexos de extrema gravedad. Desde la criminología, esto se traduce en una pérdida del valor de la vida y de los bienes jurídicos afectados, ya que el tope absorbe la pluralidad de hechos.
Otro aspecto crítico que ha pasado inadvertido es la ventana de cinco meses previa a su entrada en vigencia. Debido al principio constitucional de la ley penal más benigna, este tope de 15 años se aplicará de forma retroactiva a procesos en curso por delitos gravísimos cometidos por menores. Sin una reforma urgente, juicios actuales que aspiran a penas ejemplares se verán limitados automáticamente por este nuevo techo legal. Bajo este esquema de 15 años, la percepción de justicia se diluye frente a los beneficios procesales: salidas transitorias, accesibles al cumplir apenas 7 años y 6 meses (la mitad de la condena), y libertad condicional: a los 10 años (dos tercios), siempre que medie buena conducta.
Esto transforma una reforma que buscaba “terminar con la impunidad” en un sistema de “puerta giratoria” para los casos más atroces, garantizando libertades prematuras que no guardan proporción con el daño causado.
La modificación de una ley recién sancionada es una tarea legislativa titánica, pero el período de implementación diferida es la última oportunidad para introducir una ley correctiva. Es imperativo que el Congreso revise el artículo 19 para permitir escalas penales diferenciadas o excepciones en casos de concursos reales de delitos violentos. No podemos permitir que el mensaje de responsabilidad que la ley pretende instaurar se convierta en una garantía de beneficios desproporcionados. La seguridad de la ciudadanía y la integridad del sistema de justicia dependen de esta rectificación.
Matías G. Sánchez Sorondo
DNI 16.940.566
Cuando la ley deja de regir en la calle
En la Ciudad de Buenos Aires se ha naturalizado una situación preocupante: el incumplimiento sistemático de las normas de tránsito, particularmente en materia de estacionamiento ilegal. Hoy es habitual ver vehículos detenidos sobre rampas, esquinas, avenidas, cordones amarillos o bloqueando accesos a garajes. No se trata de hechos aislados, sino de una práctica extendida que evidencia la falta de controles efectivos y, sobre todo, la ausencia de consecuencias reales. A ello se suma un fenómeno especialmente grave: el uso fraudulento de certificados de discapacidad (CUD), mediante credenciales adulteradas o permisos irregulares, utilizados como cobertura para violar normas básicas. Esta práctica no solo es ilegal, sino profundamente injusta para quienes realmente necesitan ese beneficio. El problema no radica en la falta de normativa, sino en la falta de decisión para hacerla cumplir. Multas que no se cobran, que prescriben o se diluyen en excepciones terminan por deslegitimar el sistema. El mensaje implícito es claro: cumplir la ley es opcional. Recuperar el orden en el espacio público no requiere nuevas normas, sino ejercer autoridad, controlar y sancionar de manera efectiva. Sin ley, no hay orden; y sin orden, la convivencia se deteriora.
Jorge H. Cohen
DNI 4.532.858
Vacantes de los jueces
La Justicia argentina está literalmente desguazada. Según el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, hay 600 cargos vacantes de jueces y fiscales en todo el país. Hoy las vacancias de jueces, se cubren en forma interina con jueces a cargo de otros juzgados, o con aspirantes que hayan aprobado un concurso en los últimos tres años. Ambos sistemas afectan gravemente el funcionamiento regular del servicio de justicia. Es irracional asignarle al titular de un tribunal colapsado, otro tribunal colapsado. Además, los subrogantes con un concurso aprobado, es muy difícil que pudieran fallar, con independencia e imparcialidad, contra del Poder Ejecutivo que los tiene que designar titulares en sus concursos. Los concursos anticipados que promueve la Acordada N°4 de la CSJN para evitar la acumulación de vacantes, están prohibidos por el art. 13, apartados “A” “1.” de la ley 24.937 que los prohíbe (Fallos: 349:291). En el Consejo de la Magistratura, la eterna puja partidaria entre consejeros políticos, siempre impedirá la inmediatez en las designaciones. El escándalo actual de las vacantes en la justicia se originó con la derogación en 2020 -a propuesta del ex diputado Leopoldo Moreau “para que no regresen a la justicia lacras como el juez Claudio Bonadío- de la “carga pública” que pesaba sobre los jueces retirados hasta los 75 años de edad, que los obligaba -salvo causa justificada- aceptar las convocatorias de las cámaras para cubrir de inmediato las vacantes producidas, bajo apercibimiento de perder el derecho a percibir su jubilación especial por el lapso que durara la subrogancia requerida. Esta carga pública beneficiaba a los ciudadanos, impedía la subordinación de los jueces interinos concursantes al Poder Ejecutivo, eliminaba la posibilidad de lobbies con el gobierno, y los ex jueces convocados eran seleccionados por su probidad, contracción al trabajo y conductas intachables. La Institución de Magistrados y Funcionarios de la Nación en Retiro propone restablecer “urgente” esta carga pública, cuya defensa a outrance le impone su estatuto fundacional. La extrema gravedad institucional descripta, habilita el dictado de un Decreto de Necesidad y Urgencia que la restablezca en forma perentoria.
Cuenta el libro del Éxodo que mientras Moisés dirimía agobiado los pleitos de su pueblo, su suegro Jetró, sacerdote de Median y padre de su esposa Séfora, le aconsejó dedicarse solo al rol de representante del pueblo ante Dios, y que escogiera hombres capacitados, temerosos de Dios; en quienes puedas confiar, insobornables, y nombrarlos responsables de grupos de mil, de cien, de cincuenta y diez personas. Ellos administrarán la justicia ordinaria.” Moisés atendió el consejo de su suegro. (Éxodo 18, 13-27).
Luis René Herrero
Presidente de la Institución de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Nación en Retiro – Asociación Civil –
Tasa vial
En una importante cantidad de municipios de la provincia de Bs. As. se debe pagar una “tasa vial” cuando carga combustible un porcentaje del valor de la compra. Las ciudades de Pinamar y Mar del Plata encabezan el podio con los mayores porcentajes que representan el 3% del total de la misma y, se supone, que con esa importante cantidad de dinero extra serán realizados los correspondientes arreglos en las calles de circulación. Desconozco el estado de las calles de Pinamar, pero conozco a la perfección el estado de las calles de Mar del Plata que es realmente malo con algunos pozos donde se corren riesgos de accidentes y/o romper parte del vehículo que se conduce. De más está decir que las reparaciones de las calles se debe n financiar con los “elevados impuestos” que se facturan y no con imposiciones de este tipo. A todo este desajuste se le debe sumar el considerable aumento del combustible por la Guerra de medio Oriente. ¿A ninguno de los “inteligentes inventores” de nuevos ingresos para financiar la burocracia estatal se le ocurrió pensar en esta especial situación que está transcurriendo? ¿O piensan seguir con este atropello que ya data desde hace más de dos años?
Armando R. Vasini



