Buenos Aires, 26 marzo (NA) — El caso de Noelia Castillo, la joven cuadripléjica española de 25 años que recibió la eutanasia este 26 de marzo, volvió a despertar el debate social: en Argentina, aunque no está legalmente permitida la eutanasia, sí lo es la “muerte asistida”, una forma de acompañamiento no invasivo.
Según supo la Agencia Noticias Argentinas, esta medida implica la ausencia de tratamientos médicos que prolonguen la vida de un paciente, de forma artificial, ante una enfermedad irreversible, terminal o incurable, lo que está avalado por la ordenanza de nombre homónimo, 26.742/2012.
Respecto a la eutanasia, la principal diferencia es que la muerte digna permite el fallecimiento y la otra forma, la genera en un paciente que “padece una condición de salud irreversible que le provoca un sufrimiento físico o psicológico profundo” y que lo solicita de manera clara, tal como indicó la Red de cuidados, derechos y decisiones en el final de la vida.
La Ley de Muerte Digna, promulgada en 2012, brinda el derecho a rechazar “procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias, desproporcionadas o produzcan un sufrimiento desmesurado” en pacientes que hayan sufrido una enfermedad irreversible, incurable o estén estadío terminal.
Por su parte, la muerte asistida permite la administración directa, por parte de un profesional de la salud, de una sustancia que provoque el fallecimiento, así como la prescripción o el suministro de las mismas para que el paciente lo ingiera, proceso que se denomina “médicamente asistido”.
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