📍 Buenos Aires 26°C ☀️
Cargando pronóstico...
- Publicidad -spot_img
InicioActualidadConfirman el sobreseimiento de Santiago Caputo por la denuncia de amenazas de...

Confirman el sobreseimiento de Santiago Caputo por la denuncia de amenazas de Facundo Manes

- Publicidad -spot_img

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el sobreseimiento del asesor presidencial Santiago Caputo en la causa en la que había sido denunciado por amenazas por el exdiputado nacional del radicalismo Facundo Manes, por un incidente ocurrido en la apertura de sesiones del Congreso en 2025.

El fallo es de los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, que confirmaron —por unanimidad— el sobreseimiento de Caputo.

Santiago Caputo increpa a Manes en un pasillo del Congreso

Manes había denunciado a Caputo por el delito de amenazas porque el 1 de marzo de 2025, tras el discurso del presidente Javier Milei, se enfrentaron en una discusión dentro del Congreso de la Nación.

Manes expresó que, mientras se llevaba a cabo el discurso presidencial, su compañero de bloque, el diputado Pablo Juliano, efectuó manifestaciones a viva voz que motivaron la contestación de Milei.

En ese contexto, Manes dijo que advirtió gritos que provenían de un palco superior ubicado a sus espaldas y que pudo ver que Caputo le habría hecho un gesto al señalarse los ojos con los dedos índice y mayor, como si le indicara que lo estaba mirando.

Manes sostuvo que el asesor presidencial, entre otras palabras, expresó: “¿No me escuchas? ¡Ya me vas a escuchar! ¡Ahora me vas a escuchar!”; y que, según le dijo el diputado Juliano, Caputo también le expresó: “Te voy a hacer mierda”.

El momento de la pelea entre Caputo y Manes

El ex diputado nacional declaró que, una vez finalizada la apertura de sesiones, se retiró de su banca en compañía de otros diputados; en uno de los pasillos fue abordado por Jazmín Bullorini, periodista de Clarín, quien le preguntó sobre su opinión acerca de las palabras del presidente.

Según la querella, Caputo apareció en ese contexto acompañado de otras personas e interrumpió la conversación.

Manes dijo que Caputo se le acercó “cara a cara”, que luego levantó su mano derecha y la colocó sobre el rostro del ex legislador, para después decirle frases como “vos para hacer lo que hiciste, tenés que estar limpio”, “vos no me conoces a mí” y “ya me vas a conocer a mí” y finalmente retirarse previo darle dos palmadas en el pecho.

La Sala II de la Cámara Federal confirmó -por mayoría- la resolución del juez de primera instancia que había sobreseído a Santiago Luis Caputo por amenazas. Manes llevó el caso a la Cámara Federal de Casación, que convalidó el sobreseimiento al rechazar el recurso del exdiputado nacional.

El juez Borinsky —al que adhirieron los jueces Gustavo Hornos y Carbajo— consideró que la querella no había logrado demostrar la existencia de arbitrariedad en el fallo de la Cámara Federal que concluyó que no había delito en los actos denunciados.

El juez precisó que el contexto de los hechos había sido valorado y resultó clave para el sobreseimiento. Dijo que la secuencia de sucesos se inscribía en un contrapunto entre personas pertenecientes a distintas fuerzas políticas que se encontraban en el Congreso de la Nación con motivo de la apertura del período de sesiones ordinarias correspondiente al año 2025.

Según Borinsky, los actos atribuidos a Caputo acontecieron en medio de “una acalorada disputa política” y en ese marco se debían interpretar los hechos. Borinsky estimó que Manes no había logrado poner en evidencia que los sucesos excedieran los límites de la discusión política. No negó el episodio ni los “tintes hostiles o agresivos” que pudiera haber percibido Manes.

Sin embargo, concluyó que la querella no había demostrado que la secuencia de actos encuadrara en el delito de amenazas, y menos agravadas. La fiscalía, además, había postulado la inexistencia de delito. Borinsky entendió que el fallo de la Cámara Federal era válido y que la querella no había demostrado la existencia de arbitrariedad.

El juez Hornos compartió las consideraciones y sostuvo que las expresiones de Manes no encuadraban como un anuncio de un mal concreto e inminente que exige el delito de amenazas. Precisó que el altercado que había involucrado a Manes y a Caputo se dio en una acalorada discusión y que debía contextualizarse “en las controversias propias de la discusión política”.

“En un recinto donde aquello que se busca es la generación de debates y consensos como mejor expresión de la democracia liberal que impera en nuestro país y carecen de la entidad amenazante que le había adjudicado -seguramente con buena fe- el querellante”, dijo Hornos. Por su parte, Carbajo compartió las consideraciones expuestas por Borinsky y Hornos.

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
Redes Sociales
16,985FansMe gusta
61,453SeguidoresSeguir
61,453SeguidoresSeguir
2,458SeguidoresSeguir
61,453SuscriptoresSuscribirte
Interesantes
- Publicidad -spot_img
Ultimas Noticias
- Publicidad -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí