A través de la Disposición 6457/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de dos suplementos vitamínicos que se atribuían la potestad de servir para problemas óseos y musculares.
La medida se inició, en primer lugar, luego de que el organismo nacional recibiera dos denuncias por la venta de los productos “Súper calcio cubano” y “Suplemento nutritivo 0.44”. Ambos eran ofrecidos en un local comercial en la localidad bonaerense de Virrey del Pino, partido de La Matanza, pero no presentaban la inscripción obligatoria ante la Anmat.
El “Súper calcio” se presentaba como una vitamina utilizada para calcificar los huesos y reforzada con cartílago de tiburón, que era elaborada “a base de las mejores plantas, raíces y frutas cubanas de grandes propiedades curativas”. Entre otros componentes, el profesional responsable, identificado como Fidel Muros, aseguraba que contenía vitamina E, calcio, magnesio, zinc, hierro y fósforo.

Según la etiqueta del producto —que tampoco cumplía con las reglamentaciones del organismo—, su uso estaba indicado para niños y adultos como “fortalecedor de huesos, fortalecedor de dientes, artritis, artrosis, lumbago, osteoporosis, reumatismo, caída de cabello, agotamiento físico, párkinson y dolores musculares”.
El “Suplemento nutritivo 0.44″ de la marca Lucover Productos Naturales, en tanto, se adjudicaba componentes como calcio, zinc, magnesio y vitaminas E, C, D y B12, por lo que era recomendado para tratamientos de gota, reumatismo, decaimiento general; rotura de huesos, lumbago, artritis, reumatismo, parálisis facial, calambres, empañamiento de la vista, caída de cabello, mareos, dolor de huesos, hinchazón, regenera los tejidos, vejez prematura y dolor de cabeza. Este producto era distribuido por la empresa L.i.p. & Hnos SA., con dirección fijada en Lima, Perú.
Por otro lado, en la disposición de la Anmat también se incluyó la prohibición de un “Ungüento de árnica + coca” que se vendía en la vía pública en una estación de tren de Quilmes. El rótulo se promocionaba como una crema de industria uruguaya que contenía aceite de cannabidiol (CBD), utilizado como alternativa terapéutica para aliviar el dolor, la ansiedad y el insomnio, entre otras condiciones.

“Se trata de productos de los que se desconocen sus condiciones de fabricación y composición real, elaborados por un establecimiento que no se encuentra habilitado por la autoridad sanitaria y son dispensados fuera de un establecimiento habilitado a tal fin, por lo que revisten riesgo para la salud de los potenciales pacientes”, expresaron desde Anmat.
Con firma del titular del organismo, Luis Eduardo Fontana, reiteraron la prohibición de comercialización en toda la Argentina y aclararon que los productos no se encuentran inscriptos ante la Anmat ni se identificó un establecimiento responsable habilitado por la administración en el país.


