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Para frenar al ICE: los tres documentos de arraigo que los expertos recomiendan portar ante nuevas revisiones

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Por un fallo que anuló el bloqueo contra la remoción expedita en ciertos casos, expertos recomiendan portar documentos de arraigo para acreditar más de dos años de presencia continua en Estados Unidos y evitar problemas con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés). El proceso es una vía acelerada para la deportación que permite concretarla sin juicio migratorio.

Qué establece la remoción expedita y el nuevo fallo judicial

El fallo en Make the Road New York et al. v. Markwayne Mullin señaló que el Congreso creó hace 30 años un proceso para deportar de manera rápida a determinados extranjeros.

Si un oficial determina que la persona es inadmisible y no aplica ninguna excepción, puede ordenar la expulsión sin revisión ordinaria

A diferencia de otros procedimientos migratorios, que pueden extenderse durante años, esta vía suele resolverse en pocos días. La Corte explicó que el mecanismo puede aplicarse a dos grupos

  • El primero incluye a quienes llegan a Estados Unidos.
  • El segundo abarca a ciertos extranjeros que ya están dentro del país norteamericano, pero no fueron admitidos ni recibieron libertad condicional migratoria, y no pueden demostrar presencia física continua durante al menos dos años.

El documento también precisa que el proceso comienza con una inspección de un agente de inmigración. Si el oficial de una agencia como el ICE determina que la persona es inadmisible y no corresponde ninguna excepción, debe ordenar la expulsión sin audiencia ante un juez migratorio y sin revisión administrativa ordinaria.

Los tres documentos de arraigo para evitar la remoción expedita

En una entrevista emitida por N+ Univision, Jorge Cancino, editor principal de inmigración de ese medio, y Armando Olmedo, vicepresidente y consejero general de inmigración de Televisa Univisión, analizaron la decisión judicial.

Olmedo puso el foco en la prueba de permanencia. El especialista señaló que el punto central es mostrar ante un oficial que la persona lleva más de dos años dentro de EE.UU.

Actas de nacimiento, comprobantes de pago y declaraciones fiscales pueden servir para acreditar fechas y residencia continua

En este sentido, advirtió que muchas personas no cargan esa evidencia en su vida cotidiana. También sostuvo que un agente puede no aceptar un relato si no hay respaldo físico disponible durante una revisión.

Los expertos recomendaron tener un paquete con pruebas simples y verificables que pueden servir para mostrar fechas y continuidad de permanencia. Entre los documentos mencionados aparecen tres tipos de comprobantes:

  • Actas de nacimiento de hijos estadounidenses
  • Comprobantes de pago
  • Declaraciones fiscales, recibos de impuestos o constancias de renta

A su vez, Olmedo afirmó que la evidencia debe estar disponible al momento de una detención o control. Además, recomendó tener “un plan de familia” para quienes se encuentran sin estatus regular y podrían quedar expuestos a la deportación acelerada.

Los especialistas señalaron que la preocupación no se limita a personas indocumentadas. Olmedo sostuvo que también existe temor entre migrantes con estatus legal e incluso entre ciudadanos estadounidenses.

Qué migrantes no pueden ser alcanzados por la remoción expedita

Ambos especialistas detallaron cuáles son los migrantes que podrían quedar alcanzados por la remoción expedita. De base, quienes logren demostrar los dos años de residencia en EE.UU. no serán sometidos a la deportación acelerada.

La historia de la mujer que se autodeportó por temor al ICE y qué debe hacer ahora

Más allá de eso, también se mencionaron otros grupos fuera del alcance de la medida:

  • Personas admitidas formalmente en EE.UU.
  • Migrantes con parole
  • Extranjeros que entraron con CBP One
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